Me han citado como investigado: qué significa y qué hacer
Te ha llegado una citación del juzgado y pone que vas en calidad de «investigado». Es normal que te preocupe y que no sepas muy bien qué significa. En esta guía te explico, de forma sencilla, qué implica estar citado como investigado, qué derechos tienes y qué conviene hacer antes de ir al juzgado.
Lo primero: ser investigado no significa que te consideren culpable. Significa que un juez está comprobando unos hechos en los que tú apareces, y que la ley te da una serie de garantías para defenderte desde el primer momento.
¿Qué significa estar citado como investigado?
«Investigado» es el nombre que la ley da a la persona a la que se atribuye un posible delito mientras el juez lo está investigando. Antes se decía «imputado». La palabra cambió precisamente para que quedara claro que todavía no hay ninguna acusación formal ni, por supuesto, ninguna condena.
La Constitución reconoce a todas las personas el derecho a la defensa y a la asistencia de letrado, a no declarar contra sí mismas, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia (artículo 24.2 de la Constitución Española).
Normalmente la citación llega porque alguien ha presentado una denuncia o una querella, o porque la policía ha enviado un atestado al juzgado. A partir de ahí el juez abre unas diligencias para averiguar qué pasó, y una de las primeras cosas que hace es llamarte para que puedas dar tu versión, si quieres darla.
Tus derechos como investigado
El artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce a la persona investigada, entre otros, estos derechos:
- A ser informada de los hechos que se le atribuyen y de cualquier cambio relevante en la investigación.
- A examinar las actuaciones con tiempo suficiente para preparar su defensa.
- A designar libremente abogado, o a que se le asigne uno de oficio.
- A solicitar asistencia jurídica gratuita si cumple los requisitos.
- A traducción e interpretación gratuitas si no entiende el idioma.
- A guardar silencio y no prestar declaración si no lo desea.
- A no declarar contra sí misma y a no confesarse culpable.
Además, el mismo artículo establece que tu abogado debe estar presente en todas tus declaraciones, y que puedes hablar con él antes de declarar.
Qué pasa el día de la citación
En el procedimiento más habitual, en la primera comparecencia el juez te informa de forma comprensible de los hechos que se te atribuyen, y el letrado de la Administración de Justicia te recuerda tus derechos y te pide que indiques un domicilio en España o una persona para recibir las notificaciones (artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
Después se te pregunta si quieres declarar. Si decides hacerlo, te preguntará el juez y, a continuación, pueden hacerlo el fiscal, las demás partes y tu propio abogado. La declaración suele ser breve, y tu abogado está a tu lado en todo momento.
¿Declaro o me acojo a mi derecho a no declarar?
No hay una respuesta única: depende de cada caso. A veces lo mejor es explicar tu versión cuanto antes, porque aclara las cosas y puede ayudar a que el procedimiento se archive. Otras veces es más prudente no declarar hasta haber visto lo que hay en el expediente.
También puedes declarar solo a preguntas de tu abogado. Lo importante es que esta decisión la tomes después de hablar con tu abogada o abogado y de revisar las actuaciones, no improvisando en la puerta del juzgado.
Y recuerda: no declarar es un derecho, y ejercerlo no equivale a reconocer los hechos.
Qué hacer antes de ir al juzgado
- No ignores la citación. Comprueba bien el día, la hora y el juzgado, y acude.
- Busca abogado cuanto antes. Cuanto más tiempo tengamos, mejor podremos pedir las actuaciones, revisarlas y preparar tu declaración.
- Reúne lo que tengas: la citación, documentos, mensajes, nombres de posibles testigos… Todo lo que pueda ayudar a explicar lo que pasó.
- No hables del asunto con la persona que te ha denunciado ni lo comentes en redes sociales. Lo que digas o escribas puede acabar en el procedimiento.
- Si no puedes pagar un abogado, puedes pedir asistencia jurídica gratuita y se te asignará uno de oficio.
¿Y después qué pasa?
Tras tu declaración y las demás diligencias (testigos, informes, documentos…), el juez decide cómo sigue el procedimiento. Puede archivarlo, si entiende que no hay indicios suficientes de delito, o puede considerar que hay motivos para seguir adelante. En ese caso, la acusación presentará su escrito, tu defensa presentará el suyo, y el asunto irá a juicio, donde se decidirá si hay condena o absolución.
En todas esas fases tu defensa puede pedir pruebas, recurrir las decisiones que te perjudiquen y, si conviene, negociar una solución. Por eso es tan importante contar con asesoramiento desde el principio.
Si te han citado como investigado y quieres que revisemos juntos tu caso, puedes ver cómo trabajo en derecho penal o contactar conmigo. Te explicaré con claridad qué opciones tienes y cuánto te va a costar desde el principio.
Esta guía ofrece información general y no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto.

Escrito por Lidia Escuin Meno
Abogada penalista en Barcelona, colegiada en el ICAB, con más de 20 años de experiencia en derecho penal y violencia de género.
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