¿Qué es una orden de protección y cómo pedirla en Barcelona?
Qué es, quién puede pedirla, cómo se solicita y qué medidas incluye.
Leer la guía →Si estás viviendo una situación de maltrato o de violencia de género, lo primero que quiero que sepas es que no estás sola y que tienes derechos. Salir de una relación de violencia es un proceso que puede dar miedo, pero con la orientación y el apoyo legal adecuado, es posible.
Como abogada especializada en violencia de género en Barcelona, te acompaño desde el primer momento: desde la interposición de la denuncia hasta la obtención de una orden de protección y todo el proceso judicial posterior.
La violencia de género no es solo la agresión física. La ley reconoce como violencia de género cualquier acto de violencia — física, psicológica, sexual o económica — ejercida por un hombre sobre su pareja o expareja mujer.
Esto incluye:
Si reconoces alguna de estas situaciones, estás en el lugar correcto.
Denuncia y primeros pasos Te oriento sobre cómo y dónde presentar la denuncia, qué pruebas son importantes y qué vas a encontrarte en el proceso. Muchas mujeres no denuncian por miedo o por no saber qué pasará después. Estoy aquí para explicártelo todo con claridad.
Orden de protección y medidas cautelares La orden de protección es una medida urgente que puede conseguirse en 72 horas. Implica que el agresor no puede acercarse ni contactar contigo. Me encargo de solicitarla y de que el proceso sea lo más rápido y efectivo posible.
Representación en el juicio Te represento y defiendo en todas las fases del proceso judicial, desde el juzgado de violencia sobre la mujer hasta la vista oral. Nunca tendrás que enfrentarte sola a esta situación.
Medidas civiles: custodia, pensiones y uso del domicilio En muchos casos, junto al proceso penal es necesario regular la situación de los hijos, el uso de la vivienda familiar y las pensiones. Me ocupo de todo de forma integral.
Ayudas y recursos disponibles Existen ayudas económicas, asistencia psicológica gratuita y recursos de acogida para mujeres víctimas de violencia de género. Te informo de todos los que tienes a tu alcance.
La violencia de género está regulada por la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Esta ley creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que llevan tu caso tanto en lo penal como en lo civil, y reconoce a las víctimas derechos específicos: información, asistencia social integral y asesoramiento jurídico gratuito desde antes de poner la denuncia.
Conocer estos derechos desde el principio marca la diferencia. Te explico cuáles se aplican a tu caso y cómo hacerlos valer.
¿Tengo que estar segura para denunciar?
No tienes que tener todo claro antes de dar el paso. Podemos hablar primero, sin compromiso, y yo te explico qué opciones tienes según tu situación concreta.
¿Qué pasa si retiro la denuncia?
En los delitos de violencia de género, la retirada de la denuncia no siempre paraliza el proceso. Es importante que conozcas las implicaciones antes de tomar esa decisión. Te asesoro sin juzgarte.
¿Puedo pedir una orden de protección aunque no haya agresión física?
Sí. La violencia psicológica, las amenazas y el acoso también dan derecho a solicitar una orden de protección.
¿Qué pasa con mis hijos?
La orden de protección puede incluir medidas sobre la guarda y custodia de los hijos. Su seguridad y la tuya son la prioridad.
¿El proceso es confidencial?
Absolutamente. Todo lo que me cuentes está protegido por el secreto profesional.
Dar el primer paso es lo más difícil. Si necesitas hablar con alguien que te escuche y te oriente sin juzgarte, estoy aquí.
Puedes contactarme por teléfono, WhatsApp o email. También podemos reunirnos por videoconferencia si prefieres no desplazarte.
Qué es, quién puede pedirla, cómo se solicita y qué medidas incluye.
Leer la guía →Qué valor tiene tu declaración y qué otros indicios pueden ayudar.
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